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El pasado mes de abril se produjeron una serie de  novedades en el permiso de paternidad. Con la aprobación del Real decreto ley, este permiso se ha aumentado.

¿Cuál es la duración del permiso de paternidad?

A partir del 1 de abril de 2019:

    • Los permisos de paternidad serán de ocho semanas:
      • Seis obligatorias (exactamente como ocurre ahora con el permiso de maternidad)
      • Dos, voluntarias
    • Y los permisos de maternidad, seguirán igual: seis semanas obligatorias y diez voluntarias
    • La madre solamente podrá ceder cuatro semanas al padre. Hasta ahora, podía ceder sus diez semanas voluntarias.

Este cambio no es definitivo ya que se irá ampliando el permiso de paternidad durante los siguientes años hasta equipararse con el permiso de maternidad en 2021.

Tanto si eres empresa como si eres un trabajador, te interesa conocer estas novedades.Para ampliar más la información aportada en este post, no dudes en llamarnos. Nuestros profesionales en el ámbito laboral te ayudarán.

Requisitos para ser beneficiario del permiso

  • Estar afiliadosy en alta o en situación asimilada en algún régimen del sistema de la Seguridad Social.
  • Tener cubierto un período mínimo de cotización de:
    • 180 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores a la fecha del inicio de dicha suspensión o permiso, o, alternativamente,
    • 360 días a lo largo de su vida laboral con anterioridad a la mencionada fecha

Permiso de paternidad para autónomos

Como para el resto de trabajadores no existe ninguna particularidad. La prestación por paternidad será equivalente al 100% de la base reguladora, que en el caso de los trabajadores autónomos se corresponde generalmente con la base de cotización mínima. Es imprescindible estar al corriente de pago de las cotizaciones.

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