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¿Qué sucede si el comprador no hace el cambio de nombre o traspaso de vehículo?

Realizar la transferencia de un vehículo es fundamental para evitar problemas que nos puedan perjudicar. No realizar un cambio de nombre del vehículo que hemos vendido, nos puede llevar situaciones serias e indeseadas como sanciones, embargos o implicaciones en hechos ajenos inimaginables. 

¡Mucho cuidado! En los vehículos, el responsable de todo lo que ocurra con el vehículo es el titular administrativo del permiso de circulación y quien figure en el momento del suceso

Antes de comenzar, vamos a concretar que tienen tanto vendedor como comprador:

Obligaciones del comprador

      1. Firmar y formalizar un contrato donde se indiquen claramente las clausulas
      2. Poseer los datos del vendedor, una copia del DNI y contacto para localizarle
      3. Recopilar toda la documentación necesaria para que éste pueda realizar la transferencia:
        • Contrato de compraventa firmado
        • Fotocopia del dni o fotografía
        • Documentación del vehículo

MODELO CONTRATO DE COMPRAVENTA

Obligaciones del vendedor

      1. Firmar y formalizar un contrato donde se indiquen claramente las clausulas
      2. Poseer los datos del comprador, una copia del DNI y contacto para localizarle
      3. Recopilar toda la documentación necesaria para que éste pueda realizar la transferencia:
        • Hoja de solicitud de trámite
        • Contrato de compraventa debidamente firmado
        • Fotocopia del DNI
        • Documentación del vehículo

MODELO CONTRATO DE COMPRAVENTA

Si a pesar de tener toda la información para realizar el traspaso, el comprador no realiza el cambio de titularidad del vehículo o se despreocupa del trámite, debes tomar medidas.

Si quieres solucionar la situación, entonces en este caso deberás notificar a tráfico de la venta de una manera urgente para que te eximan de multas, sanciones y posibles culpas en accidentes

¿Cómo notifico que he vendido un vehículo?

En el caso de que no se haya realizado la transferencia y querer librarte de toda la responsabilidad, debes  comunicar a tráfico que el vehículo ya no está en posesión, entonces, cualquier incidencia que tenga el vehículo como multas, sanciones o requerimientos, serán responsabilidad total del comprador quien figurará oficialmente cómo titular.

El trámite de Notificación de venta se realiza de la siguiente manera:

1. Prepara el contrato de compraventa firmado

Lo primero que necesitas es un contrato de compraventa o un justificante firmado por las partes que acredite el cambio de propiedad. Es importante hacerlo aunque sea de manera informal. Siempre que se tenga un justificante de la transacción, es un contrato válido para las partes.

2. Guarda la copia del DNI del nuevo titular o comprador

Es fundamental saber a quién hemos vendido el vehículo, por lo menos tener una documentación original para poder comunicarlo a la DGT. No pueden ser indicios, suposiciones o pareceres. Tenemos que ser rigurosos y tener un documento válido y oficial en España.

3. Solicita una cita en la DGT

Solicita una cita en la Dirección General de Tráfico. Cuando acudas a la DGT, acude a la hora. Es importante que la cita sea en el departamento correspondiente, en caso de equivocarte no te van a atender.

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¿Qué problemas puedo tener si no se hace el cambio de nombre del coche?

Algunos ejemplos de problemas sucedidos por no realizar el cambio de titular o transferencia de un vehículo:

Caso 1: Responder de una multa derivada de una negligencia o mala conducción del nuevo propietario. Primero paga y luego recurre. En algunos casos te dejaran identificar al conductor pero es una tarea ardua y que dificulta mucho las cosas.

Caso 2: Retirada de puntos del carnet y demostrar que no eras el conductor en el caso de que te retiren puntos del carnet. Imaginemos que al nuevo propietario le pesa el pie y le quitan 6 puntos del carnet de conducir, entonces, la multa llegará al titular. Luego, tendrás que demostrar que quien conducía era el espabilado de tu comprador.

Caso 3: Accidentes de tráfico y ante daños a terceros. En un siniestro en el que el adquirente deja el vehículo tirado en medio de la carretera, habiendo dejado varios heridos en el camino y mobiliario urbano destrozado. La responsabilidad es del Titular que consta en el permiso de circulación, hasta que se demuestre lo contrario.

Caso 4: Reventa a un tercero y perder el rastro del vehículo Puede que el comprador decida no tener más el vehículo y vendérselo a un tercero, en tal caso, habrás perdido la pista del mismo y no sabrás qué está pasando.

En la compraventa de un vehículo es fundamental aclarar en todo momento los plazos para realizar la transferencia, lo podemos hacer constar en el contrato para que el comprador no pase olímpicamente del tema y termine por no realizarla o realizándola en un periodo demasiado largo de tiempo. El plazo máximo para realizar el cambio de titularidad son por parte del comprador son 30 días.

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11 Comentario

  • Manu dice:

    En 2019 vendí un vehículo….hice contrato de compraventa y pague las tasas correspondientes a hacienda sobre 260 euros . La persona que le vendi no ha hecho trasferencia. Se me olvidó comunicar a la DGT la venta del vehículo.. ahora me ha venido un embargo del vehículo judicial…pero el vehículo según contrato de compraventa ya no es mío….¿se lo pueden quitar?..yo tengo el contrato y las tasas de hacienda.

    • David Rueda - 617 640 160 dice:

      Buenos días Manu, efectivamente, la carga se ha establecido sobre el titular del vehículo (vendedor). En este caso el vendedor no ha realizado la notificación de venta en tráfico y el comprador no ha realizado la debida finalización en los 30 días posteriores, y esto ha provocado un problema grave con muy difícil solución.

      En ese caso, lo único que se puede realizar es una solicitud de Tercería de dominio, alegando que el vehículo ya no es propiedad suya. Para reclamar la tercería de dominio, necesitaréis el contrato a fecha anterior a la carga judicial, justificante de pago de la totalidad del vehículo (por transferencia bancaria en la fecha del contrato), liquidación de los impuestos correspondientes a la transmisión del vehículo en la misma fecha del devengo o firma del contrato. Con todo ello, tendréis la carga de la prueba para eliminar dicho embargo, en caso contrario, el comprador está en serios problemas, se va a quedar sin el vehículo si no se paga la cantidad reclamada por el juez.

      Un saludo

      • manu dice:

        ESta todo ..contrato de compraventa firmada por ambos y certificacion de haber pagado el impuesto de trasmisiones en 2019, certificacion de haber pagado el coche no…pues fue abonado en mano

  • Francisco dice:

    Hola, quiero comprar un vehículo que tengo dudas sobre el cambio de nombre.
    El vehículo era particular,después lo compró o absorvio una empresa ( el particular formó una sl) ahora e de comprarlo yo como particular.

    • David Rueda dice:

      Buenas tardes Francisco,
      Necesitaría conocer el caso concreto. No obstante, en la primera adquisición por parte de la empresa, estamos ante una operación sujeta a ITP (Impuesto de transmisiones patrimoniales), ya que el vendedor no es un empresario o profesional que presta servicios o vende bienes (un coche). En ese caso, la SL Adquirente liquidará el ITP en la administración autonómica al que pertenezca su residencia fiscal.

      En el segundo caso, en tu adquisición, el empresario profesional debe emitir una factura con IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) ya que el bien forma parte del Activo empresarial, y por tanto, un bien patrimonial sujeto a la operativa de entrega de bienes con IVA.

      Es por ello, cuando tu adquieras ese vehículo, debes solicitar la factura y acudir con ella a DGT. En caso contrario, nosotros estamos disponibles para realizar toda la operativa sin errores. Puedes contactar con nosotros en el número de teléfono 617 640 160 mediante WhatsApp, o en caso contrario, por email a DAVID@PERFILASESOR.COM

      Un afectuoso y cordial saludo

  • Marco dice:

    Hol me an dado una moto y al hacer el cambio de la moto la dgt mea dicho que ni pyedo porque el que me ladio no tramito los papele bien y esta persona a perdido el contrato de comprabenta y el dni del primer comprado que puedo hace yo a hora qu me e gastado un dinero y no puedo cambiar de nombre y la moto mea dicho que me laquede

  • Fran dice:

    Hola, hice la venta de un vehículo en efectivo y a las horas la notificación de venta en la dgt. Mañana pasa el plazo del comprador de hacer el cambio de nombre y sigue sin hacerlo. Me puede pasar algo?

    La notificación de venta en la Dgt lo hice online y page las tasas y todo y subí los ficheros de compraventa y todo eso pero no me dio ningún resguardo la dgt ni ninguna confirmación de que habían recibido la notificación de venta. Es normal?

  • LEGLISE dice:

    Hola! Tengo una consulta. Vendi mi moto en Julio. Tengo un contrato de compraventa y la copia del dNI del comprador. No ha hecho el cambio de titularidad. Intenté hacer una declaración de venta hace un mes por internet y no puedo. La moto lo tiene seguro.
    Como puedo declarar la venta pasado el plazo legal?

    • David Rueda dice:

      Buenos días,
      La notificación de venta de un vehículo en la DGT (Dirección General de Tráfico) es un trámite legalmente obligatorio en España, que debe ser realizado por el vendedor del vehículo dentro de los diez días hábiles siguientes a la venta. Esta notificación sirve para comunicar la transmisión de la propiedad del vehículo a la DGT y, de esta manera, evitar posibles sanciones en caso de infracciones cometidas con el vehículo antes de la venta.

      El incumplimiento de este trámite puede conllevar sanciones económicas y problemas legales para el vendedor, por lo que es importante realizarlo de forma correcta y dentro del plazo establecido. Además, es recomendable que el comprador verifique que el vendedor ha realizado la notificación de venta en la DGT, para evitar posibles problemas en el futuro.

      Contacta con nosotros en david@perfilasesor.com o 617 640 160 para realizar dicha notificación y eximir tu responsabilidad.

  • Franci dice:

    Hola buenas noches. Una amiga ha vendido su coche y el comprador no lo ha transferido. Aparte de eso tiene una multa por andar sin seguro.sin itv y otra por velocidad.que tiene que hacer para que el comprador se haga responsable de todo .

  • Jordi dice:

    Yo le vendí el coche a un conocido y se lo vendi muy barato, el me dijo que haría el cambio de nombre y después de 4 años aún sigo recibiendo notificaciones, el problema que no hay nada de papeleo de compra, cagada por mi parte.
    Que puedo hacer???

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